En febrero, el ministro de Economía, Luis Arce, informó que todos los bancos del sistema tienen plazo hasta el 31 de marzo para cumplir con los decretos 2136 y 2137 y, a partir del 1 de abril, otorgar a sus clientes el 100% de financiamiento para la compra de una vivienda social y también dar créditos al sector productivo.
Estas personas no podían acceder a préstamos para la vivienda de interés social porque no disponen de una cuota inicial, que asciende al 20%.
El secretario ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Nelson Villalobos, informó ayer que a la fecha han concluido en un 100% las juntas de accionistas de las instituciones de intermediación financiera, en las cuales se autorizó la disposición del 6% de las utilidades generadas en 2014 para el mencionado fondo de aval.
"El Ministerio de Economía emitió el reglamento pertinente para la constitución y funcionamiento de los fondos de garantía, con lo que la mayor parte de los bancos se encuentra operando con los créditos de vivienda de interés social sin cuota inicial y el 100% estará en condiciones de operar durante abril, tal como estaba previsto”, confirmó ayer mediante un cuestionario a Página Siete.
Los requisitos
La Resolución Ministerial 052 del Ministerio de Economía, del 6 de febrero, reglamenta la creación de los dos fondos.
En su artículo 13, sobre condiciones de elegibilidad, señala que "para beneficiarse de la garantía que otorguen los Fondos de Garantía para el crédito de vivienda de interés social y productivo, el postulante deberá cumplir con los requisitos de contar con capacidad de pago, verificada mediante análisis crediticio que debe realizar la entidad acreedora previo al otorgamiento del crédito”.
Además, debe contar con las características de crédito de vivienda de interés social.
En este último caso, se establece que si una persona o su familia no cuentan con una vivienda propia y requieren financiamiento para comprar una casa, departamento o un lote para vivienda, deben demostrar que será su única vivienda, que no debe tener fines comerciales.
El precio final no debe superar estos montos: 400 mil Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV) (unos 110 mil dólares al tipo de cambio) para un departamento; 460 mil UFV para vivienda (unos 126.500 dólares) y 184 mil UFV para terreno (alrededor de 50.600 dólares), según establece el Decreto Supremo 1842.
El reglamento también establece que la entidad administradora será cada uno de los bancos múltiples.
Además, precisa que los recursos del Fondo de Garantía constituyen un patrimonio autónomo, independiente del de las entidades de intermediación financiera constituyentes, por lo cual deben ser administrados y contabilizados en forma separada.
Los ingresos
Asoban informó que el sistema bancario obtuvo en 2014 una ganancia de 272 millones de dólares; de este monto, 16 millones de dólares se destinarán a los nuevos Fondos de Garantía para préstamos de vivienda social y para el sector productivo.
Los bancos Bisa, Mercantil Santa Cruz, Nacional y Solidario son los que más contribuyen al fondo para créditos de vivienda social. (ver infografía), basado en las utilidades de 2014.
Página Siete
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